sábado, 26 de julio de 2014

LEY 1273 DE 2009

 

Diario Oficial

Ley 1273 de 2009

(enero 5)

"Por medio de la cual se modifica el Código Penal, se crea un nuevo bien jurídico tutelado - denominado "de la protección de la información y de los datos"- y se preservan integralmente los sis-temas que utilicen las tecnologías de la información y las comuni-caciones, entre otras disposiciones".





El Congreso de Colombia


DECRETA:

Artículo 1°. Adicionase el Código Penal con un Título VII BIS denominado "De la Protección de la información y de los datos", del siguiente tenor:


Capítulo Primero


De los atentados contra la confidencialidad, la integridad y la dis-ponibilidad de los datos y de los sistemas informáticos

Artículo 269 A. Acceso abusivo a un sistema informático. El que, sin autorización o por fuera de lo acordado, acceda en todo o en parte a un sistema informático protegido o no con una medida de seguridad, o se mantenga dentro del mismo en contra de la volun-tad de quien tenga el legítimo derecho a excluirlo, incurrirá en pe-na de prisión de cuarenta y ocho (48) a noventa y seis (96) meses y en multa de 100 a 1000 salarios mínimos legales mensuales vigen-tes.


Artículo 269 B. Obstaculización ilegítima de sistema informático o red de telecomunicación. El que, sin estar facultado para ello, im-pida u obstaculice el funcionamiento o el acceso normal a un sis-
tema informático, a los datos informáticos allí contenidos, o a una red de telecomunicaciones, incurrirá en pena de prisión de cuarenta y ocho (48) a noventa y seis (96) meses y en multa de 100 a 1000 salarios mínimos legales mensuales vigentes, siempre que la con-ducta no constituya delito sancionado con una pena mayor.

Artículo 269 C. Interceptación de datos informáticos. El que, sin orden judicial previa intercepte datos informáticos en su origen, destino o en el interior de un sistema informático, o las emisiones electromagnéticas provenientes de un sistema informático que los trasporte incurrirá en pena de prisión de treinta y seis (36) a setenta y dos (72) meses.


Artículo 269 D. Daño informático. El que, sin estar facultado para ello, destruya, dañe, borre, deteriore, altere o suprima datos infor-máticos, o un sistema de tratamiento de información o sus partes o componentes lógicos, incurrirá en pena de prisión de cuarenta y ocho (48) a noventa y seis (96) meses y en multa de 100 a 1000 sa-larios mínimos legales mensuales vigentes.


Artículo 269 E: Uso de software malicioso. El que, sin estar facul-tado para ello, produzca, trafique, adquiera, distribuya, venda, en-víe, introduzca o extraiga del territorio nacional software malicioso u otros programas de computación de efectos dañinos, incurrirá en pena de prisión de cuarenta y ocho (48) a noventa y seis (96) me-ses y en multa de 100 a 1000 salarios mínimos legales mensuales vigentes.


Artículo 269 F. Violación de datos personales. El que, sin estar fa-cultado para ello, con provecho propio o de un tercero, obtenga, compile, sustraiga, ofrezca, venda, intercambie, envíe, compre, in-tercepte, divulgue, modifique o emplee códigos personales, datos personales contenidos en ficheros, archivos, bases de datos o me-dios semejantes, incurrirá en pena de prisión de cuarenta y ocho (48) a noventa y seis (96) meses y en multa de 100 a 1000 salarios mínimos legales mensuales vigentes.


Ley 1273 de 2009 2/6

Artículo 269 G: Suplantación de sitios web para capturar datos personales. El que con objeto ilícito y sin estar facultado para ello, diseñe, desarrolle, trafique, venda, ejecute, programe o envíe pági-nas electrónicas, enlaces o ventanas emergentes, incurrirá en pena de prisión de cuarenta y ocho (48) a noventa y seis (96) meses y en multa de 100 a 1000 salarios mínimos legales mensuales vigentes, siempre que la conducta no constituya delito sancionado con pena más grave. En la misma sanción incurrirá el que modifique el sis-tema de resolución de nombres de dominio, de tal manera que haga entrar al usuario a una IP diferente en la creencia de que acceda a su banco o a otro sitio personal o de confianza, siempre que la conducta no constituya delito sancionado con pena más grave.


La pena señalada en los dos incisos anteriores se agravará de una tercera parte a la mitad, si para consumarlo el agente ha reclutado víctimas en la cadena del delito.

Artículo 269 H. Circunstancias de agravación punitiva. Las penas imponibles de acuerdo con los artículos descritos en este título, se aumentarán de la mitad a las tres cuartas partes si la conducta se cometiere:



1. Sobre redes o sistemas informáticos o de comunicaciones estata-les u oficiales o del sector financiero, nacionales o extranjeros.

2. Por servidor público en ejercicio de sus funciones

3. Aprovechando la confianza depositada por el poseedor de la in-formación o por quien tuviere un vínculo contractual con este.

4. Revelando o dando a conocer el contenido de la información en perjuicio de otro.

5. Obteniendo provecho para si o para un tercero.

6. Con fines terroristas o generando riesgo para la seguridad o de-fensa nacional.
Ley 1273 de 2009 3/6


7. Utilizando como instrumento a un tercero de buena fe.

8. Si quien incurre en estas conductas es el responsable de la admi-nistración, manejo o control de dicha información, además se le impondrá hasta por tres años, la pena de inhabilitación para el ejer-cicio de profesión relacionada con sistemas de información proce-sada con equipos computacionales.
 

Capítulo Segundo


De las atentados informáticos y otras infracciones

Artículo 269 I. Hurto por medios informáticos y semejantes. El que, superando medidas de seguridad informáticas, realice la con-ducta señalada en el artículo 239 manipulando un sistema informá-tico, una red de sistema electrónico, telemático u otro medio seme-jante, o suplantando a un usuario ante los sistemas de autenticación y de autorización establecidos, incurrirá en las penas señaladas en el artículo 240 de este Código.


Artículo 269 J. Transferencia no consentida de activos. El que, con ánimo de lucro y valiéndose de alguna manipulación informática o artificio semejante, consiga la transferencia no consentida de cual-quier activo en perjuicio de un tercero, siempre que la conducta no constituya delito sancionado con pena más grave, incurrirá en pena de prisión de cuarenta y ocho (48) a ciento veinte (120) meses y en multa de 200 a 1500 salarios mínimos legales mensuales vigentes.


La misma sanción se le impondrá a quien fabrique, introduzca, po-sea o facilite programa de computador destinado a la comisión del delito descrito en el inciso anterior, o de una estafa.

Si la conducta descrita en los dos incisos anteriores tuviere una cuantía superior a 200 salarios mínimos legales mensuales, la san-ción allí señalada se incrementará en la mitad.
Ley 1273 de 2009 4/6

Artículo 2°. Adiciónese al artículo 58 del Código Penal con un numeral 17, así:

Artículo 58. Circunstancias de mayor punibilidad. Son circunstan-cias de mayor punibilidad, siempre que no hayan sido previstas de otra manera:


17. Cuando para la realización de las conductas punibles se utilicen medios informáticos, electrónicos ó telemáticos.
Artículo 3°. Adiciónese al artículo 37 del Código de Procedimien-to Penal con un numeral 6, así:

Artículo 37. De los jueces municipales. Los jueces penales muni-cipales conocen:


6. De los delitos contenidos en el título VII Bis.
Artículo 4°. La presente Ley rige a partir de su promulgación y de-roga todas las disposiciones que le sean contrarias, en especial el texto del artículo 195 del Código Penal.

El Presidente del honorable Senado de la República, Hernán Francisco Andrade Serrano.

El Secretario General del honorable Senado de la República, Emilio Otero Dajud.

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes, Germán Varón Cotrino.

El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes, Jesús Alfonso Rodríguez Camargo.


REPÚBLICA DE COLOMBIA- GOBIERNO NACIONAL

Publíquese y cúmplase.
Ley 1273 de 2009 5/6 Ley 1273 de 2009 6/6


Dada en Bogotá, D. C., a 5 de enero de 2009.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ
Ministro del Interior y de Justicia Fabio Valencia Cossio

18 comentarios:

  1. Para los estudiantes del grado 11°
    Lea la ley 1273 de 2009 y realiza un ensayo de una hoja sobre la importancia de esta en nuestra sociedad

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  2. En esta época contemporánea cuando hay tecnología avanzada, tanto así que nos permite comunicarnos desde cualquier parte del mundo, como lo son la redes sociales, páginas Web, y blogs, pero muchas veces la gente utiliza estos sitios para comunicarse.
    La ley de delitos informáticos fue un gran paso, ya que a través de este medio no solo se utiliza para la comunicación sana, en ocasiones algunas personas se encargan de dañar la imagen de otras a través de insultos o de fotomontajes obscenos y grotescos, palabras fuertes y demás cosas. En ocasiones algunas personas roban cuentas personales para hacerse pasar por ellos, escriben insultos o comparten en sus cuentas personales cosas indebidas y así dañar la imagen del dueño de la cuenta.
    En ocasiones personas tratan de interceptar cuentas, teléfonos, computadores y aparatos electrónicos, violando su privacidad… un ejemplo de esto son los hackers Sepúlveda, que actualmente está siendo procesado por esto.
    Muchas veces cuando uno busca algo salen páginas que supuestamente ofrecen o tienen la respuesta a lo que se está buscando y solo se trata de programas maliciosos que hacen que el equipo o Smartphone realice o descargue cosas la cuales no se les ha dado orden y esto es muy común y en casos extremos estos softwares maliciosos llegan a crear daños informáticos afectando a las personas. En casos muy similares hay páginas que ofrecen un producto y/o servicio, las personas confían en que esas páginas son confiables y en casos muy pocos comunes las personas consignan dinero con el fin de que el producto sea vendido y llegue a su poder y no siempre esto es efectivo ya que en ocasiones esto se trata de estafas.
    respecto a las penalizaciones creo que son penas muy mínimas, ya que esto es más grave y más delicado porque todo lo que se hace en internet no se borra o queda un historial y es muy difícil de borrar y con respecto a las multas monetarias está muy bien pero creo que también deberían indemnizar en caso de que el afectado de alguno de estos delitos sea una persona ya que está en juego su imagen y su honor y en caso de que sea muy grave aclarar a través de los medios masivos el proceso o el caso.}
    en conclusión es una buena iniciativa la creación de los delitos informáticos pero creo que se deben mejoraren algunas cosas.

    Brandon Alarcón Mejía

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  3. OJO SE ESTA PIDIENDO ES UN ENSAYO.. SON MUY POBRES LOS COMENTARIOS QUE ESTAN HACIENDO..NO SE TRATA DE REPETIR LOS ARTICULOS DE LA LEY... SE TRATA DE HACER UN ENSAYO

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  4. Ensayo: Ley 1273 2009.

    El congreso de Colombia a decretado una una ley para las personas que sin autorización o por fuera de lo acordado, acceda en todo o en parte a un sistema informático protegido.la cual se basa en darles un castigo, meterlo en prisión o hacerle pagar una multa.

    ¿ es buena esta ley ? a mi me parece muy buena por que hay personas que en ocasiones se encargan de dañar la imagen de otras a través de insultos o de foto montajes obscenos y grotescos, palabras fuertes y demás cosas. En ocasiones algunas personas roban cuentas personales para hacerse pasar por ellos, escriben insultos o comparten en sus cuentas personales cosas indebidas y así dañar la imagen del dueño de la cuenta.
    En ocasiones personas tratan de interceptar cuentas, teléfonos, computadores y aparatos electrónicos, violando su privacidad… un ejemplo de esto son los hackers.
    que se encargan de robar cuentas y manipularlas.

    En si esta ley nos habla de que es un delito muy grave tratar de falsificar software, tratar de causar daños informáticos, violación de datos personales entre otro.

    Esta ley es muy buena por que nos protege de personas maliciosas que se encargan de dañar la reputación de las demás personas.

    wendy paola lozano martinez 11°

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  5. POR FAVOR CONSULTAR QUE ES UN ENSAYO Y COMO SE HACE.. TODOS LOS COMENTARIOS QUE NO VAN ACORDE A LO QUE PREGUNTO SERAN BORRADOS

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  6. ENSAYO : Ley 1273 2009

    Pues ami me llamo mucho la ATENCIÓN esta ley :
    En las últimas décadas el avance de la tecnología ha dejado entrever un aumento en la utilización de los delitos informáticos como un modo de actuación delincuencia en contra de la gente. En este entendido, es importante definir los delitos informáticos como aquellas conductas ilícitas que se realizan mediante un medio tecnológico, teniendo como finalidad afectar programas, redes o medios electrónicos, sin embargo esta modalidad también es utilizada para cometer conductas tradicionales como el chantaje, fraude, Robo y acoso sexual a la gente. Por esta razón se ve la necesidad de crear la ley 1273 del 2009 que ayuda a minimizar este modo de delito. Esta tendencia delincuencia ha mostrado un incremento considerable dentro de diferentes campos sociales, especialmente porque las principales víctimas son los niños, niñas y adolescentes, destacándose como una modalidad que tiene características específicas y dificultan de manera considerable la detección del victimario, como es la variación de la escena del delito, la clandestinidad, falta de testigos y la efectividad que tienen estas acciones para lograr un fin determinado, le permite al delincuente tener seguridad en lo que realiza, aunado a la ingenuidad de la población infantil.
    Es así como se genera preocupación por parte de las instituciones encargadas de la Protección de la Infancia y Adolescencia por la utilización de este mudos operando, como la herramienta que facilitar a los delincuentes un modo más de operar mediante el mundo cibernético. Frente a este tema, podemos indicar que las redes sociales son la principal fuente para la captación de víctimas, ya que mediante engaños se obtienen datos, fotografías y demás información que hace parte de la vida personal, permitiéndole a los pederastas tener herramientas para ejercer presión contra la víctima y conseguir vídeos o incluso programar un cita para posteriormente realizar su cometido.

    Esta ley es demasiada buena porque nos protege de GENTE, mala que solo quiere dañar la reputación de los seres HUMANOS, que no tienen la CULPA.

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  7. En un mundo donde el uso de la tecnología en todos los ámbitos incluyendo industrial, comercial, gubernamental, social y personal a permitido que estos sectores de desarrollen y sean muchos más eficientes en todas sus operaciones y tareas. Pero esto ha traído como consecuencia que aparezcan cada día más nuevos delitos informáticos para entorpecer con este desarrollo o simplemente ocasionar daño, y es tanto el auge de estos delitos que con el tiempo son más difíciles de reconocerlos y combatirlos.


    La Internet es un escenario amplio donde el usuario promedio llámese cibernauta o internauta, puede navegar o surfear para obtener la cantidad que desee de una información específica (datos, imágenes y sonidos) para satisfacer su curiosidad o simplemente, para dejar claro algunos vacíos sobre algún tema en específico. Para otras personas estas distintas herramientas constituyen un medio para obtener ilegalmente cualquier tipo de beneficios o ventajas de la propia tecnología, adquieren información de cualquier tipo sea financiera, gubernamental, social, política, y en muchos casos información personal muy específica. Este tipo de acciones ilegales son conocidas hoy en día como delitos informáticos.
    Para enfrentar a estos individuos, sabiendo primeramente la dificultad que existe para descubrirlos, varios países han dispuesto un sistema judicial especializado que permite procesarlos y castigarlos. A ese grupo de países se unió Colombia en 2009. El Congreso de la República promulgó la Ley 1273 “Por medio del cual se modifica el Código Penal, se crea un nuevo bien jurídico tutelado.
    La Ley 1273 de 2009 creó nuevos tipos penales relacionados con delitos informáticos y la protección de la información y de los datos con penas de prisión de hasta 120 meses y multas de hasta 1500 salarios mínimos legales mensuales vigentes. El 5 de enero de 2009, el Congreso de la República de Colombia promulgó la Ley 1273 “Por medio del cual se modifica el Código Penal, se crea un nuevo bien jurídico tutelado – denominado “De la Protección de la información y de los datos”- y se preservan integralmente los sistemas que utilicen las tecnologías de la información y las comunicaciones, entre otras disposiciones”.
    Dicha ley tipificó como delitos una serie de conductas relacionadas con el manejo de datos personales, por lo que es de gran importancia que las empresas se blinden jurídicamente para evita incurrir en alguno de estos tipos penales.
    No hay que olvidar que los avances tecnológicos y el empleo de los mismos para apropiarse ilícitamente del patrimonio de terceros a través de clonación de tarjetas bancarias, vulneración y alteración de los sistemas de cómputo para recibir servicios y transferencias electrónicas de fondos mediante manipulación de programas y afectación de los cajeros automáticos, entre otras, son conductas cada vez más usuales en todas partes del mundo. Según la Revista Cara y Sello, durante el 2007 en Colombia las empresas perdieron más de 6.6 billones de pesos a raíz de delitos informáticos.
    De ahí la importancia de esta ley, que adiciona al Código Penal colombiano el Título VII BIS denominado "De la Protección de la información y de los datos" que divide en dos capítulos, a saber: “De los atentados contra la confidencialidad, la integridad y la disponibilidad de los datos y de los sistemas informáticos” y “De los atentados informáticos y otras infracciones

    ¡¡PERO TAMBIÉN LO MAS IMPORTANTE DE ESTOS ES QUE NOS ESTA DANDO A CONOCER COSAS PARA QUE EL DÍA DE MAÑANA NO VAYAMOS A COMETER ALGÚN DELITO & TODO POR QUE NO ESTÁBAMOS ENTERADOS DE QUE EXISTÍAN ESTE TIPO DE LEYES!!

    LAURA VANESSA CATAÑO GARCIA 11º

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  8. Por lo que entendí del texto,la LEY 1273 DE 2009 se refiere a que personas que cometan delitos informáticos serán castigados de manera que paguen años de cárcel y aparte de eso paguen multa por el delito informático que aya cometido.

    En parte esto me párese que es muy buena ya que les da un buen castigo a aquellos que sin pensar las consecuencias de sus delitos siguen asiendo monstruosidades atreves de la tecnología y la informática sean castigados de manera inmediata.

    Ya que a primera vista la ley no solo parece si no necesaria, ya que la principal actividad criminal en esta país es acceder sin autorización a un sistema informático, la cual esta ley nos da un poco de tranquilidad por que podemos ver que las personas que entren a nuestros datos personales o daños informáticos tendran su pena sea de prisión o multas.

    Estimados compañeros, mas que un riesgo, esta ley pretende salvaguardar los intereses de la sociedad colombiana y proteger el bien jurídico de la información, tan afectado por cierto tipo de conductas que como esta lo vulneran, y antes quedaban impunes o mejor no pasaba nada, ahora el derecho penal no es ajeno a la tecnologías y en aras de lograr un acercamiento efectivo ala misma se ha empezado por esta ley, que bien podría modificar para el bien de todos

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  9. En Un Mundo globalizado como el de hoy, y el avance de la tecnología es algo muy importante para la humanidad pero también a la vez otro problema.
    Hoy en día el ciberbullying o acoso virtual ha incrementado en los últimos años debido al gran avance tecnológico y como un nuevo método de delincuencia el cual ya es muy común actualmente. Este método es muy utilizado por los jóvenes estudiantes no solo para insultar o tratar de dañar la imagen de algunas personas, a través de palabras obscenas, fotomontajes, robo de cuentas, malos comentarios y demás acciones que puedan afectar a esta persona.
    E la actualidad también es muy común la interceptación de aparatos electrónicos como celulares, computadores, mails electrónicos, cuentas en redes sociales para el sabotaje, algunos para dañar la imagen del propietario de la cuenta u otras personas, un ejemplo de esto son las conversaciones de la Habana las cuales se conoció estaban siendo saboteadas a través de la interceptación de los equipos electrónicos de los negociadores.
    Hoy en día existen muchas páginas las cuales ofrecen muchos productos virtuales, la gente por el no conocimiento sobre este tema se deja engañar y son estafadas, pocas personas saben que esto es un delito informático y no se atreven a denuncias porque creen que no les darán solución pero lo que no saben es que esto está sucediendo en todo el mundo. No solamente ofrecen productos materiales, sino que también se ofrecen productos informáticos como lo son aplicaciones, programas, sistemas operativos y algunas personas que son poco conocedoras de este tema y son engañadas por anuncios publicitarios maliciosos que lo que hacen es descargar programas que afectar el funcionamiento del equipo o un daño permanente.
    En conclusión son muchos los problemas que se están presentando actualmente con respecto a los delitos informáticos pero creo que se deben mejorar las sanciones implantadas a estos delincuentes.

    Mayra Iglesias

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  10. yo pienso del articulo 1273 del 2009 es que a toda persona que abuse de la tecnología como lo hacen los hacker o los que conlleven a tener multas por delitos informáticos llevaran una pena de 46 a 92 años de prisión por lo que también los llevara a que pagen multa de 100 a 1000 salarios mínimos que tendrán q pagar por el abuso del las informaciones ajenas que mantuvieron hackeando así como las tarjetas débito cuentas bancarias correos etc.

    esta nueva ley que se conllevan acabo hace 5 años nos hace mantener seguros de que nuestras informaciones estén mas seguras y que las personas puedan enviar sus cuentas atraves de la Internet y correos electrónicos sin que alguien se las vayan a hackear .

    ya que también atraves de esto se pueden llevara a acabo fraudes,delitos informáticos,espionaje,terrorismo,narcotrafico,difusión de pornografía infantil, y variedades de cosas que podemos encontrar en la Internet tanto como cosas buenas como malas

    alumno martín arrieta

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  11. Ensayo Ley 1273 de 2009
    El avance de la tecnología muy importante para la humanidad pero también a la vez otro problema social.
    Es muy común que en las redes sociales los jóvenes se insulten o se digan palabras vulgares, pero ellos no saben que existe una ley sobre los delitos informáticos y que pueden estar cometiendo un delito al estar tratando de dañar la imagen de cualquier persona. A través de estas redes sociales que se presentan los delitos informáticos los cuales son: el de compartir o promocionar aplicaciones o softwares maliciosos, y no solo esto lo más inquietante es que estos programas están diseñados para dañar los aparatos.
    Otro de los problemas presentados es que a través de estos medios es la violación de personas, ya que atreves de estos medios se comunican con personas desconocidas y las cuales arman citas para conocerse sin saber que la otra persona tiene una intención diferente.
    Un problema muy actual es el de los hackers que se está presentando mucho en el mundo, el Art 269 C. habla sobre esto y expone cuales son las multas y las penas que debe pagar estas personas que prácticamente están violando el derecho a la privacidad y el algunos casos interceptan información confidencial como por ejemplo información de estado.
    La venta de productos a través de medios electrónicos es otro problema ya que en la mayoría de los casos solo se trata de una estafa o de hurto. Y no solo de productos también de servicios.
    El método de robar cuentas y hacerse pasar por otra para hacerle quedar mal ante todos es un método también muy común entre los jóvenes y los estudiantes y esto es prácticamente suplantación personas el cual es un delito muy grave.
    La creación de la ley para los delitos informáticos es un gran paso para todo el país pero si se va a hacer que se haga bien y que en cuanto a las penalizaciones soy muy bajita deberían aumentarles…

    Edwar Requenes 11°

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  12. Ley 1273 del 2009. Delitos informáticos:

    Esta ley habla sobre las consecuencias que trae el producir, traficar, adquirir , distribuir, vender, enviar, introducir o extraer software malicioso u otros programas de computación de efectos dañinos.

    ¡ Esta ley me parece muy interesante por que nos brinda protección de esas personas maliciosas, que se encargan de dañar la imagen de otra. ya que usurpan, roban o entrar de forma ilegal a una cuenta personal y esta ley hace que esas personas tengan una pena de prisión de 48 a 96 meses!

    En el mundo hay muchas personas que no conocen de esta ley y seria de mucha utilidad hacerles saber que esta ley los respalda de cualquier delito informático. en ocasiones personas tratan de interceptar cuentas, teléfonos, computadores y aparatos electrónicos, violando su privacidad, como lo son los los hackers. un ejemplo vivo de esto es el hackers Andres Sepulveda que intercepto algunas cuentas, computadoras etc. y esta siendo procesado por ese delito.

    " Esto fue una excelente ley creada por el congreso de Colombia "

    Andres David Acevedo 11°

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  13. Con el gran avance de la tecnología en los últimos 10 años también han Nacido y crecido los delitos informáticos como lo son el cibert acoso, la extorsión, robo, y demás acciones con las que pretenden afectar a las personas usuarias de este medio.
    El más frecuente es el cibert acoso, el cual es muy común en los jóvenes y en los estudiantes, en los últimos años este método de intimidación ha crecido grandemente y es más frecuente en la mujeres y creo que es muy importante que hayan leyes que favorezcan a las víctimas y se les brinde ayuda y eso es lo importante de esta ley que proteja los derechos de las víctimas y se castigue a los agresores.
    Hoy en día hay muchos anuncios publicitarios al entrar al internet que en la gran mayoría de los casos son paginas las cuales tienen programas dañino, virus. Softwares maliciosos que entorpecen el funcionamiento y dañan el equipo.
    Algo que también está inquietando a la comunidad es el uso de las redes sociales para el chantaje y la manipulación a través de video llamadas que incitan a los encuentros sexuales, en casos muy únicos llegan a hacer violación de menores y de personas mayores de edad.
    Como lo habla el Art. 269 Algunas personas trafican o venden estos softwares maliciosos, aplicaciones dañinas las cuales afectan el funcionamiento y el rendimiento del equipo y en casos muy graves el daño completo del equipo.
    Con respecto a las penalizaciones creo que son muy insuficientes porque son muy bajitas y en lo que estoy de acuerdo son los las multas salariales creo que están muy bien.

    Betty Lizarazo 11°

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  14. Ley 1273 del 2009. Delitos informáticos:


    Actualmente se conoce mucho el cibert-acoso, el cual es muy común entre la juventud, esto desde el año 2009 se ha convertido o se ha empezado a tomar como un delito informático y demás acciones. Esta ley ayuda a minimizar los índices de acoso virtual, robo de cuentas personales y demás delitos informáticos que puedan afectar a cualquier personas y yo creo que es un gran avance para la construcción de un mejor país.


    Acoso virtuales un nuevo método delincuencial por el cual personas inescrupulosas buscan afectar a otras. Además de afectar a los menores de edad y a los jóvenes también afectan los padres de familia y a las personas mayores. En algunos casos esto se presta para chantajear a las personas y desde eso pueden extorsionarlas o pedirle favores sexuales. En otros casos hay personas que roban las cuentas de redes sociales, correos, blogs etc . ,con el fin de hacer quedar mal y suplantar a la persona propietaria de la cuenta ; el cual está muy mal y se le está violando el derecho a la intimidad que tiene la víctima. Hoy en día el tema de las compras con el avance de la tecnología las se han vuelto muy comunes para las personas, pero además también se sabe que no todas las páginas que dicen vender productos lo hace, algunas de estas páginas solo son, engaño, y esto lo hacen para hurtar a los usuarios de estos medios y en la mayoría de casos solo son archivos con virus que son maliciosos y lo que buscan es perjudicar el equipo o a veces promocionar una página publica de cualquier índole. También es muy común la promoción y la venta de software maliciosos, los cuales perjudican a los usuarios ya que estos dañan los programas, suprimen información y hasta en casos muy extremos dañan los equipos.


    La interceptacion de datos es algo no tan común pero muy usado el cual se puede observar lo que hacen las personas, a quienes llaman, con quienes hablan, redes sociales, correos, mensajería electrónica y esto se presta para provocar perjuicios al dueño de la cuenta o el dueño de aparato electrónico ya que se le está violando la privacidad. Con respecto a las sanciones, me parece muy bien las sanciones económicas y penales pero creo que las sanciones penales son muy bajas y creo que este delito es tan grave como los demás y en la actualidad eso es lo que se presenta. Es un gran avance pero le falta algunos mejoramientos y refuerzos para que sea más estricta y que de verdad se haga justicia a favor de las víctimas.


    En conclusión: actualmente estos “delitos” se están presentando, en mayoría en las instituciones educativas, creo que se debiera dar a conocer esta ley porque muchas personas cometen estos errores sin saber que hay una ley que les favorece a las víctimas, y terminan metidas en graves problemas e incluso hasta terminar en la cárcel , y así evitaríamos menos delitos aeronáuticos.

    Alumna: diana cardona

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  15. La ley 1273 de 2009 decretada por el congreso de la República de Colombia, sobre la protección de la información y de los datos, se hace necesaria, porque con el avance y el progreso tecnológico existen nuevas formas de archivar y almacenar documentos e información de forma sistematizada, para agilizar diferentes tipos de procesos y trámites a nivel institucional, tanto de entidades públicas como privadas, y de orden financiero. Así como se presenta la oportunidad de manejar todos estos datos de una forma más eficiente, también se ve la necesidad de adicionar un nuevo reglamento y leyes para controlar cualquier atentado en contra del bien común e institucional. Porque puede que algunas diligencias bancarias permitan la facilidad de acceder desde la comodidad del hogar, y con esto favorecer un ahorro de tiempo y esfuerzo que puede ser útil para otras labores; pero también se hace visible el riesgo que esta información está circulando por medios magnéticos y puede ser interceptada por terceras personas, con fines de sabotaje o delincuencial. Entonces es una obligación imponer unas penas mínimas pero ejemplares y unas penas adicionales para quien incurra en situaciones agravantes. Son estos artículos los que entran a defender esa situación de vulnerabilidad, al que se ven sujetos los equipos de la nueva tecnología y los diferentes sistemas de información y comunicación.
    Es importantísimo este tema de la confidencialidad e integridad de la información. Entonces se hacen acreedores a una pena de cárcel entre 4 y 8 años y multas hasta de 1000 salarios mínimos legales mensuales vigentes, por delitos mínimos en cuanto a este tema se refiere aquellas personas que: accedan abusivamente a información privada, obstaculicen el normal desarrollo de la transferencia de datos, intercepten datos modificando su destino, realicen algún daño a equipos, creen software malicioso con el fin de filtrar información o dañar bases de datos, aquellos que copien la información para trasmitirla o venderla a terceros, suplante sitios web con el fin de engañar al administrador de dicha página con la dirección IP o los nombres de dominio, entre otras relacionadas. Y para agravar el delito y aumentar las pruebas se dan estos casos: cuando se cometa el delito en sistemas institucionales, cuando se aproveche el hecho de ser servidor público para cometer estos actos, cuando se saque provecho para beneficio propio o perjuicio de otro, cuando el objetivo sea un hecho terrorista, cuando se pretenda realizar hurtos por medios informáticos a entidades bancarias realizando transferencias de dinero a otras cuentas no autorizadas, pueden incurrir en penas de hasta 10 años de cárcel.
    Hace un tiempo se presentaron ciertas irregularidades en el sistema de justicia y en la Fiscalía, donde empleados estatales se prestaron para borrar información fidedigna sobre el prontuario y el historial delincuencial de algunos cabecillas de bandas criminales y de delincuencia común. También todos conocemos el tan tocado tema de las famosas chuzadas, donde se estaban realizando interceptaciones de las conversaciones de las líneas telefónicas a empleados del estado, y hace poco el último escándalo previo a la reelección del actual presidente de la República, Juan Manuel Santos: la sala de internet Andrómeda, sitio donde se realizaban trabajos por medio de un hacker informático infringiendo la norma y teniendo acceso a información confidencial, al mismo tiempo que se grababan videos con el fin de vender esta información a terceros, para obtener beneficio propio y afectar la imagen y la campaña de un aspirante a la presidencia de la República.

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  17. Las penas imponibles de acuerdo con los artículos descritos en este título, se aumentarán de la mitad a las tres cuartas partes si la conducta se cometiere delitos que tuviesen que ver con la víctima en el extranjero en sus cuentas de crédito
    Estas conductas consisten en la manipulación ilícita, a través de la creación de datos falsos o la alteración de datos o procesos contenidos en sistemas informáticos, realizada con el objeto de obtener ganancias indebidas.

    Se presentan casos de acceso no autorizado a sistemas informáticos e intercepción de correo electrónico de entidades gubernamentales, entre otros actos que podrían ser calificados de espionaje si el destinatario final de esa información fuese un gobierno u organización extranjera, evidenciándose una vez más la vulnerabilidad de los sistemas de seguridad gubernamentales por personas especializadas.
    La presencia de equipos que encubren la identidad del remitente, convirtiendo el mensaje en anónimo, los servidores que ofrecen servicio de correos gratis permitiendo ingresar datos personales y direcciones ficticias para crear cuentas de correo que posteriormente aprovecharon personas o grupos terroristas para enviar amenazas, remitir consignas y planes de actuación ilícitos.
    Utilizando mensajes encriptados para ponerse en contacto, se ha detectado el uso de la red para la transmisión de fórmulas para la fabricación de estupefacientes, para el blanqueo de dinero y para la coordinación de entregas y recogidas. Al igual que los narcotraficantes, se presentan los traficantes de armas, las sectas satánicas, entre otros, obteniendo las mismas ventajas que encuentran en Internet, aprovechadas para la planificación de los respectivos ilícitos que se están trasladando de lo convencional al ciberespacio o viceversa.

    POR ESO HAY QUE APOYAR ESTA LEY PARA EVITAR TODO ESTO

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  18. Podemos decir que la actividad criminal informática más común en este país es entrar a un sistema de información sin autorización, con esta ley podemos sentirnos más tranquilos ante el hecho de que alguien entre a nuestra información, datos personales o que cometa daños informáticos ya que esta ley contempla cada uno de los delitos que pueden ser cometidos y establece unas penas (prisión o multa) legales ante dichos delitos. Esta ley nace el 5 de enero del 2009 con la ley 1273 para la protección de esta ley se condenan los siguientes delitos:

    Acceso abusivo a un sistema informático,

    Interceptación de datos informáticos

    Daño Informático

    Uso de software malicioso

    Violación de datos personales

    Suplantación de sitios web para capturar datos personales

    Hurto por medios informáticos y semejantes

    Transferencia no consentida de activos .Dependiendo del delito cometido, así serán las penas de prisión que pueden estar desde 4 hasta 10 años y multas desde 100 hasta 1.500 salarios mínimos legales vigentes

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